¿Puedo solicitar la baja por coronavirus?

como tramitar una baja por coronavirus

Muchas empresas tienen que adaptarse a estos nuevos tiempos en los que el coronavirus es la causa de muchas bajas laborales. Para evitar esto, ya se están tomando las medidas de seguridad más adecuadas mediante pruebas a sus empleados cada vez que entran al espacio de trabajo, creando espacios de seguridad entre los empleados para mantener las distancias, la adopción de mascarillas e importantes medidas de desinfección en todas las zonas comunes.

Sin embargo, a pesar de cumplir con todas las medidas demandadas por sanidad, un trabajador se puede contagiar dentro de la oficina por algún compañero asintomático o en la calle de camino al trabajo o a la salida. En cualquier caso, el trabajador tendrá que solicitar una baja por coronavirus cuando sea necesario.

¿Qué se puede considerar una baja por coronavirus?

El gobierno aceptará como baja por coronavirus aquellas bajas que se realicen después del 12 de marzo. Las anteriores, recibirán la baja por enfermedad común.

Si es un trabajador que ha dado positivo en el test del COVID-19 y no muestra síntomas, se recomienda el aislamiento en el hogar para una mayor seguridad y podrá obtener la baja laboral por coronavirus.

Situaciones en las que se tramita una baja por coronavirus:

  • Durante el periodo de aislamiento.
  • Durante el tiempo que el trabajador resulte positivo, con riesgo de contagio.

¿Cuánto cobrará un trabajador con una baja por coronavirus?

El salario recibido durante la baja por coronavirus será del 75% de la base reguladora desde el día siguiente a la solicitud de la baja. Sin embargo, aquellos que reciban la baja por enfermedad común no cobrarán hasta los tres días siguientes y a partir del 4 hasta el día 20, se abonará el 60% y a partir de los 21 días será el 75%.

La duración de la prestación de una baja por coronavirus es de forma excepcional, es decir, será determinada a partir del alta médica y según el parte realizado por el aislamiento.

Prestación por incapacidad temporal por el COVID-19

Los afectados por el COVID, al recibir una baja por accidente laboral, además podrán solicitar la prestación por incapacidad. No hará falta que el trabajador haya cumplido un mínimo de periodo de cotización, sin embargo, si fuera por enfermedad común, sí que haría falta este requisito para poder cobrar la prestación.

¿Cómo tramitar una baja por coronavirus?

En el momento que se conoce de esta información, se deberá tramitar la baja por coronavirus. Se recomienda no desplazarse a hospitales ni centros de salud, para ello tendrá que llamar por teléfono del centro de salud que le corresponda y ahí pasará toda esa información al médico de familia. El médico de familia valorará su estado y se encargará de tramitar la baja médica que recibirá posteriormente por correo electrónico o en el centro de salud.

Permiso para el cuidado de mayores

En el caso de que tenga mayores a su cargo, personas en riesgo de coronavirus o menores, la empresa será que le determinará si se otorga un permiso en estos casos excepcionales.

Si tiene cualquier pregunta adicional acerca de la tramitación de la baja por coronavirus, no dude en llamarnos. Nuestros asesores laborales en Bilbao estarán disponibles para resolver tus dudas laborales en relación al COVID ya estés trabajando para una empresa, tu propia sociedad mercantil o si eres autónomo.

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